A partir del 1 de septiembre de 2019, entra en vigor el Reglamento 2017/1151 para la matriculación de vehículos ligeros en relación a las emisiones contaminantes. Esto supondrá una serie de cambios que se detallan a continuación, tanto en lo que respecta a las reformas, como a las homologaciones.
REFORMAS
En primer lugar, será necesario encuadrar el vehículo matriculado en un nivel de emisiones determinado (Ligero (LD) (Euro 6) o Pesado HD) (Euro VI)). Será necesario acreditar que no se sale de este nivel de emisiones (mediante la justificación de las masas descrita) o, en caso de sobrepasarse, solicitar certificados a los fabricantes de primera fase.
Respecto a los vehículos Ligeros de categoría M y N se deberá comprobar que no se sobrepasa la masa de referencia de 2840 kg, siendo ésta, la masa en orden de marcha más 25 kilos. En el caso de que este límite sea sobrepasado, se deberá reformar como vehículo Pesado.
Para los vehículos matriculados con anterioridad al 01/09/2019 y aquellos contemplados en los fines de serie se reformarán sin el límite de la masa de referencia, como se estaba realizando hasta ahora.
HOMOLOGACIONES
En el caso de los vehículos fabricados en varias fases, si se estima que el vehículo va a pesar más de 2840 kg de masa de referencia, el fabricante de segunda fase deberá solicitar al fabricante de primera fase que en la tarjeta técnica aparezca el nivel de emisiones conforme a Pesados.
CORSÁN Ingeniería de Gestión, S.L.U. está a su disposición para cualquier consulta como empresa especializada en la homologación de vehículos.
Pueden consultar dicha publicación en el siguiente link: https://www.boe.es/doue/2017/175/L00001-00643.pdf Pueden ponerse en contacto con nosotros mediante formulario web, en el correo comercial@corsan.info o teléfono +34 917 789 872.