En este primer semestre de 2019 se han modificado tanto Reglamento (UE) 510/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo como el Reglamento de Ejecución (UE) 293/2012 en lo que se refiere al seguimiento de las emisiones de CO2 de los vehículos comerciales ligeros nuevos homologados en un proceso multifásico.
Los cambios más significativos son relativos a las emisiones específicas de CO2 en vehículos comerciales ligeros. Éstas se asignarán al fabricante del vehículo de base. A efectos de permitir que el fabricante del vehículo de base pueda planificar de manera efectiva y con suficiente certeza el cumplimiento de sus objetivos específicos de CO2, el fabricante del vehículo de base debe informar a la Comisión sobre los valores de entrada utilizados para el método de interpolación, así como los valores de masa y las emisiones de CO2 del vehículo de base incompleto.
Al mismo tiempo, los Estados miembros deben seguir notificando a la Comisión las emisiones específicas de CO2 y la masa de los vehículos completados finales.
Pueden consultar las publicaciones en los siguientes enlaces:
https://www.boe.es/doue/2019/160/L00003-00007.pdf
https://www.boe.es/doue/2019/160/L00008-00009.pdf
CORSÁN Ingeniería de Gestión, S.L.U. está a su disposición para cualquier consulta como empresa especializada en la homologación de vehículos. Pueden ponerse en contacto con nosotros mediante formulario web, en el correo comercial@corsan.info o teléfono +34 917 789 872.