El pasado sábado 28 de marzo de publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/504, relativo a la ejecución del Reglamento (UE) nº 167/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos administrativos para la homologación de vehículos agrícolas, así como de su vigilancia en el mercado
Este Reglamento de ejecución cierra el ciclo de publicación de Actos Delegados requeridos por el Reglamento (UE) 167/2013, relativo a la homologación de vehículos agrícolas o forestales, y a la vigilancia del mercado de dichos vehículos, compuesto por 4 reglamentos que detallan los requisitos técnicos de los vehículos, y un Reglamento, motivo de esta noticia, que detalla los aspectos administrativos de las homologaciones.
De este modo, a partir del próximo 20 de abril, será posible tramitar homologaciones de tipo Europeo de remolques y maquinaria agrícola remolcada, así como de tractores, según el Reglamento 167/2013. Quedan excluidas las máquinas automotrices, excepto aquellas que puedan acogerse a la definición de tractor del Reglamento.
El Reglamento permite que ciertas categorías de tractores, así como los vehículos remolcados puedan seguir acogiéndose a homologaciones nacionales.
De igual modo, será imprescindible le que todos los vehículos homologados de tipo europeo que porten o se consideren máquinas, de acuerdo a la directiva 2006/42/CE, aporten a las autoridades de homologación documentación relativa al marcado CE de dichas máquinas.
Desde CORSÁN INGENIERÍA DE GESTIÓN, S.L.U. estamos detallando con los servicios técnicos el nuevo proceso de homologación. Contacta con nuestros ingenieros para más información sobres estas homologaciones.
En breve nos pondremos en contacto con los fabricantes de vehículos agrícolas para ofrecerles las tarifas y plazos de elaboración de las nuevas homologaciones de tipo europeo.
Estamos, como siempre, a su disposición para cualquier aclaración