A fecha 26/04/2016, se ha publicado en el BOE el REGLAMENTO (UE) 2016/646 DE LA COMISIÓN de 20 de abril de 2016 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 692/2008 en lo que concierne a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 6).
Dicha corrección se debe a que, tras investigaciones de la Comisión, se ha concluido que las emisiones generadas por la conducción real en carretera de los vehículos Euro 5/6 superan sustancialmente las emisiones medidas en el Nuevo Ciclo de Conducción Europeo (NEDC, New European Driving Cycle) reglamentario, en particular por lo que respecta a las emisiones de NOx de los vehículos diésel.
A fecha 22/04/2016, se ha publicado en el BOE la DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2016/629 DE LA COMISIÓN de 20 de abril de 2016 por la que se autoriza a los Estados miembros a aprobar determinadas excepciones conforme a lo dispuesto en la Directiva 2008/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el transporte terrestre de mercancías peligrosas.
En la presente decisión se modifican las excepciones otorgadas a los diferentes países de la Unión Europea. En el caso de España se introdujo una excepción relativa al transporte de amoníaco anhidro. En un primer momento se referenciaba el RD 551/2006 y se ponía como fecha de expiración el 30/06/2015; ahora se referencia el RD 97/2014 y la fecha de expiración se amplía hasta el 28/02/2022.
A fecha 10/03/2016, se ha publicado en el BOE el REGLAMENTO (UE) 2016/427 DE LA COMISIÓN, de 10 de marzo de 2016, por el que se modifica el Reglamento (CE) N.o 692/2008 en lo que concierne a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 6). Dicha corrección se debe a que, tras investigaciones de la Comisión, se ha concluido que las emisiones generadas por la conducción real en carretera de los vehículos Euro 5/6 superan sustancialmente las emisiones medidas en el Nuevo Ciclo de Conducción Europeo (NEDC, New European Driving Cycle) reglamentario, en particular por lo que respecta a las emisiones de NOx de los vehículos diésel.
Ya puede descargar desde nuestra web el nuevo catalogo de servicios especializados para fabricantes de de segunda fase de vehículos de las categorías M, N y O.
En fecha 08/01/2016, se ha publicado en el BOE el Reglamento Nº 121 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) sobre disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos por lo que se refiere al emplazamiento e identificación de los mandos manuales, testigos e indicadores.
El presente Reglamento se aplica a los vehículos de las categorías M y N. En él se especifican los requisitos relativos al emplazamiento, identificación, color e iluminación de los mandos manuales, los testigos y los indicadores de los vehículos de motor.
Tiene por objeto garantizar la accesibilidad y visibilidad de los mandos, los testigos y los indicadores de los vehículos y facilitar su selección a la luz del día o de la noche, con el fin de reducir los riesgos para la seguridad provocados por distracción del conductor respecto a la conducción o por error al seleccionar los mandos.
Se ha publicado la DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2015/217 DE LA COMISIÓN de 10 de abril de 2014 por la que se autoriza a los Estados miembros a aprobar determinadas excepciones conforme a lo dispuesto en la Directiva 2008/68/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el transporte terrestre de mercancías peligrosas, estableciendo a los estado miembros potestad para establecer exenciones.
El pasado 28 de febrero se aprobó en congreso de Ministros el plan PIMA Aire 3, dando continuidad a los Planes PIMA Aire y PIMA Aire 2. En esta edición el presupuesto se ve recortado de 38 millones de euros del plan PIMA Aire 2 a 5,5 millones de euros para esta edición. El miércoles 5 de marzo se hacía público en el BOE el Real Decreto 128/2014. El Real Decreto entró en vigor ayer día 6, por lo que se aceptarán solicitudes quince días después, es decir a partir del día 20/3/2014.
Es importante recordar que estos incentivos no son sólo para vehículos comerciales, sino también para motocicletas y ciclomotores eléctricos e híbridos y bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico.
Más información en http://www.magrama.gob.es/es/prensa/noticias/el-gobierno-aprueba-el-plan-pima-aire-3-con-ayudas-para-la-compra-de-veh%C3%ADculos-comerciales-motocicletas-ciclomotores-y-bicicletas-el%C3%A9ctricas-/tcm7-318621-16
http://www.boe.es/boe/dias/2014/03/05/pdfs/BOE-A-2014-2361.pdf
Desde la Asociación Española para la Conformidad de producción, ASESCOP, hemos recibido la confirmación de que tal y como sucedió el pasado 29 de abril de 2013 con los vehículos de categoría N1, el próximo 29 de abril de 2014 es es último día para la matriculación de vehículos completados legalizados mediante el procedimiento de carrozado inicial. Es importante remarcar, para evitar problemas, que es la fecha límite para tramitar la matriculación, por lo que los vehículos que se quieran matricular deben haber pasado la isnpección previa a matriculación con anterioridad al día 29/4/2014.
En relación a la noticia publicada en Diciembre del 2013, respecto al cumplimiento con las directivas mínimas de emisiones euro 5b+ (para vehículos ligeros) y euro VI para vehículos pesados y la obtención de fines de serie.
Desde la Secretaría Técnica de ASESCOP, nos han informado que han recibido la contestación del Ministerio para resolver ciertas dudas respecto a los fines de serie y la validez de estos fines de serie para realizar la matriculación de Vehículos en la UE.
Y se resume en lo siguiente:
1º) Todos los vehículos que se encuentren afectados por fines de serie, deberán estar incluidos en un listado autorizado por el Ministerio de Industria. Si se trata de vehículos completados, debería haberlo solicitado tanto el fabricante de primera fase como los fabricantes de fases posteriores.
2º) Las solicitudes para realizar el fin de serie deberán haberse realizado con anterioridad a la entrada en vigor del acto reglamentario de aplicación (antes del 31/12/2013). Pero se admitirán excepciones, por lo que si no se ha solicitado todavía, se deberá de solicitar con la mayor brevedad posible.
3º) El periodo de validez del fin de serie, y según se indica en el artículo 27 de la directiva marco 2007/46/CE, se establece un período de 12 meses a partir de la fecha en que expire la validez de la homologación de tipo CE (hasta el 31/12/2014), en el caso de los vehículos completos, y durante un período de 18 meses a partir de dicha fecha, en el caso de los vehículos completados (hasta el 30/06/2015).
La propia asociación ASESCOP hará llegar a sus asociados, la contestación del ministerio asi como el procedimiento a seguir para solicitar los fines de serie en la mayor brevedad posible.
ENTRADA EN VIGOR DE LA DIRECTIVA 2007/46/CE PARA NUEVAS MATRICULAS DE VEHÍCULOS COMPLETADOS CATEGORÍA N1, (Vehículos mercancías MMA ≤ 3.5 toneladas)
A partir del próximo día 29 de Abril de 2013, finaliza el carrozado inicial para los vehículos completados categoría N1, es decir que ya no bastará presentar los informes H, junto al informe de Idoneidad o conformidad para matricular estos vehículos, sino que se deberá recurrir a una de las dos siguientes homologaciones:
Homologación Multifásica, es decir homologado un tipo, sobre un mismo vehículo base, (marca y contraseña de homologación)
Homologación Individual, realizando una homologación para cada vehículo particular.
Nuestra empresa Corsán Ingeniería de Gestión, S.L.U, podrá ofrecerles las siguientes condiciones.
El servicio técnico realizará una revisión presencial del vehículo de cada cinco vehículos solicitados, con un máximo de uno al mes.
En relación a la tarifa final para la realización de homologaciones individuales de vehículos completados (aportando AR,s, es decir Informes H, Directivas) serán:
Homologación individual CON revisión presencial del técnico (1 de cada cinco, máx. 1 al mes) 895 Euros + IVA.
Homologación individual SIN revisión presencial del técnico (2ª, 3ª, 4ª, 5ª homologación) 650 Euros + IVA.
Contacte con nuestra empresa, realizaremos un diagnostico de cuál es la opción más ventajosa para su empresa y su certificado de homologacion. Recuerde que el 29 de Octubre de 2014 se modifica el procedimiento de homologación para vehículo completado de la categoría N2, N3.
Corregidor Diego de Valderrabano nº 70 – 72 bajo oficina 2ª 28030. Madrid, España
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