Necesidad de aportar el CoC (Certificado de Conformidad) para las Homologaciones Individuales extendidas de vehículos (HIC).
Desde el 01 de Septiembre del 2020, para realizar un Homologación Individual Extendida de un vehículo Completado de categorías N / O , es necesario aportar el CoC (Certificate of Conformity) o certificado de conformidad.
El CoC, es el documento que emite el fabricante de un vehículo asegurando la conformidad de producción respecto de una homologación de tipo europeo.
A través del artículo 5. Aplicaciones particulares. Capítulo II Homologación de vehículos, sus sistemas, partes y piezas. Como actualización del Real Decreto 2028/189 del 6 de junio el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo indica que desde el 01 de septiembre del 2020 será necesario, siempre que sea posible, aportar el CoC de las fases anteriores al completado para la tramitación de la Homologaciones Individuales de los vehículos no matriculados.
Este documento debe solicitarlo el Fabricante de 2ª fase , al fabricante de primera fase, se admitirá como sustitutivo de la ficha reducida y la información que se detalle en dicho documento prevalecerá a lo indicado en la tarjeta técnica tipo C del vehículo.
Desde Corsán Ingeniería de Gestión ponemos al servicio de nuestros clientes, nuestra experiencia en la homologación individual de vehículos, para poder gestionarles la documentación, y trámites pertinentes, para la matriculación de vehículos.
Pueden ponerse en contacto con nosotros mediante formulario web, en el correo comercial@corsan.info o teléfono +34 917 789 872.