El Marcado CE de ventanas es obligatorio desde 2010 para todo aquel fabricante que desee poner en circulación sus ventanas, puertas peatonales o persianas. La norma armonizada por la que se rige es la UNE-EN 14351-1:2006+A1:2011, especialmente en su anexo ZA, que pertenece al reglamento de Productos de la Construcción, reglamento 305/2011. Y en caso de duda, es este el que prevalece.
El sistema de evaluación de conformidad que afecta a estos productos es el 3. El cual obliga a los fabricantes a:
- Realizar los ensayos iniciales de tipo, documentación específica del producto. Se hace en un laboratorio autorizado.
- Implantar un Control de Producción en Fábrica.
- Realizar la Declaración de Prestaciones.
- Etiquetar el producto con el Marcado CE
Para la realización de cualquiera de estos procesos puede contar con el equipo pluridisciplinar de CORSAN INGENIERIA
Elementos a los que afecta esta norma más concretamente:
- Ventanas
- Ventanas de Tejado
- Puertas peatonales Exteriores. Puerta que separa el interior y el exterior de un edificio para el paso de personas.
- Balconeras
- Pantallas. Conjunto de dos o más ventanas y/o puertas.
Ensayos Iniciales de Tipo (EIT)
Los Ensayos Iniciales de Tipo a los que se tiene que someter y que son comunes a todos los productos son los siguientes:
Resistencia a la carga de viento. Clasifica las ventanas según su resistencia al viento y la flecha rotativa frontal. Establece categorías del 0 al 5. Este ensayo dice la presión máxima que se puede ejercer sobre una ventana.
Estanqueidad al agua. Este hace referencia a la capacidad que tiene una ventana para no dejar pasar el agua. Y se clasifican en función de la resistencia que tienen a la penetración del agua en partes no diseñadas para humedecerse. Existen dos métodos de ensayo según la protección de la ventana, y se clasifican en una escala del 1A al 9A.
Capacidad para soportar cargas de los dispositivos de seguridad. Indica si los elementos de sujeción pueden soportar una carga dada, 35 kg. Y se dividen en Apto o No Apto según el resultado.
Coeficiente de aislamiento acústico. Mide la diferencia sonora entre dos espacios contiguos, solo separados por una ventana.
Coeficiente de transmitancia térmica. Representa la cantidad de calor que pasa a través de la ventana, en un tiempo y superficie determinados, habiendo diferencia de temperatura entre el interior y el exterior. Y el objetivo es que exista la menor perdida energética.
Permeabilidad al aire. La cantidad de aire que pasa a través de una ventana cerrada. Hay cinco niveles en función de la permeabilidad que tengan al aire, del 0 al 4, siendo esta última la más estanca.
Para probar que la ventana ha superado estos ensayos, el fabricante deberá poseer documentación técnica sobre las pruebas, que así lo atestigüen. En definitiva, mostrar la conformidad de su producto con la normativa. Básico para obtener el marcado CE.
Con la intención de facilitar y agilizar el trabajo del laboratorio, es aconsejable que el fabricante provea de una ficha de su producto junto a la muestra a ensayar, que contenga datos como: denominación del producto, referencia, ensayos a realizar, dimensiones, composición del producto, entre otros.
Quien elabora los Ensayos Iniciales de Tipo
Existen tres maneras para un fabricante de conseguir los EIT.
- EIT Propios. Es el fabricante el que se encarga de proveer de las muestras para los ensayos, se realizan en un laboratorio acreditado.
- EIT Compartidos. Se refiere a que los datos de los ensayos de un fabricante puedan ser usados por otros fabricantes, para mostrar la conformidad de sus productos. Hace referencia a los resultados, no al proceso en si mismo. Esto solo se puede dar si el fabricante prueba que su producto tiene las mismas prestaciones, que hay un contrato entre el fabricante que realiza los ensayos y los que comparten los resultados y si posee una copia del informe realizado por el laboratorio. Aún así, cualquiera de los fabricantes tendrá que implantar su propio CPF.
- EIT “en cascada”. Su sistema radica en que la empresa que suministra uno o más de los componentes de la ventana, realiza los EIT de ciertos modelos y después traspasa el resultado al fabricante. En este caso también tiene que haber un contrato, y el fabricante recibir una copia de los ensayos. Sólo puede ser cedido por la empresa suministradora, y el fabricante será el responsable final de certificar que esos productos cumplen con el reglamento para el Marcado CE.
Declaración de Prestaciones
Junto con la norma UNE-EN correspondiente, la Declaración tiene que dar toda la información requerida para que los organismos pertinentes puedan juzgar si el producto cumple con todas las regulaciones que le atañen. La Declaración de Prestaciones es el documento más importante en todo el proceso de marcado CE de cualquier producto perteneciente al Reglamento de Productos de la Construcción 305/2011, en este caso para las ventanas.
Aunque la norma no específica si la Declaración debe ser realizada producto a producto o para grupos de productos, si que se considera que puede realizarse para grupos de productos de características similares, siendo esto algo a tratar por el fabricante.
El marcado CE de ventanas no se podrá colocar si no se ha realizado una declaración de prestaciones, sin esta, no se podrá implantar el marcado CE. El fabricante o su representante autorizado es el encargado de implantar el marcado CE.
Las características esenciales que debe cumplir el producto deben estar incluidas en la Declaración de Prestaciones.
La Declaración de Prestaciones tendrá que contener:
- Descripción del producto (número de serie, uso previsto y producto tipo).
- Nombre y dirección del fabricante y el lugar de fabricación.
- Nombre de la persona autorizada a firmar la Declaración en nombre del fabricante.
- El sistema de evaluación y verificación de prestaciones utilizado.
- La norma armonizada que se aplica.
- Nombre y número de identificación del Organismo Notificado. Y Sus tareas realizadas.
- Una lista de las prestaciones declaradas del producto, aludiendo a las características esenciales.
- Fecha y firma del representante autorizado.
Establecer un Control de Producción en Fábrica (CPF)
Bajo responsabilidad del fabricante queda establecer, mantener y documentar un sistema de Control de Producción en Fábrica para asegurar que los productos puestos en circulación en el mercado están conformes a las prestaciones declaradas. El CPF necesita de procedimientos, inspecciones periódicas, pruebas o comprobaciones y el uso de los resultados recogidos para controlar las materias primas y cualquier otro material o componente existente, el proceso de producción y el producto. Estos requisitos puede que ya se cumplan si la empresa ya tiene instaurado un sistema de gestión de calidad, ISO 9001. Si esto es así, simplemente con asegurarse de que todo el papeleo está completado y organizado será suficiente.
Los elementos más importantes de un CPF son:
Personal. Se debe definir la responsabilidad y autoridad del personal que dirige, que ejecuta y que verifica todo lo asociado al funcionamiento del producto.
Equipamiento. Los equipos de control, pesaje, medición que garantizan la calidad del producto deben ser calibrados e inspeccionados de manera regular. Así como quipo de fabricación, que también tiene que ser inspeccionado y mantenido de manera periódica.
Materias primas y componentes. Las especificaciones y el régimen de inspección para las materias primas y componentes que se reciban tienen que estar documentados.
Proceso de Producción. Tiene que estar planeado y llevado a cabo bajo condiciones controladas. Las diferentes fases de producción, el proceso de comprobación, las personas encargadas, todo tiene que estar identificado. Todas las comprobaciones, resultados y acciones correctoras tienen que quedar reflejadas.
Comprobación y evaluación del producto. Tienen que quedar establecidos los procesos para asegurar que las prestaciones declaradas de todas las características se mantienen, a través de comprobaciones durante la producción y/o de los productos finalizados siguiendo un plan de pruebas de acuerdo a los requisitos de las normas pertinentes y sus pruebas.
Trazabilidad y marcado. Ya sean productos individuales o grupos de productos tienen que ser identificables y localizables con respecto a su origen de producción, procesos, aplicando un código de trazabilidad para poder ser inspeccionados regularmente.
Productos no conformes. Tienen que realizarse procesos documentados, en los que se especifica que se hace con los productos no conformes.
Accion correctora. Se realizarán procesos de acciones correctoras, que persiguen, que contendrán unas medidas para eliminar las causas de las no conformidades y así evitar que se repitan.
Información Marcado CE
La información que debe acompañar al marcado CE es:
- Nombre y dirección registrada del fabricante. O marca identificativa si existe.
- Últimos dos dígitos del año en que se implantó el marcado CE de esa ventana.
- Descripción del producto.
- Información sobre las características esenciales.
- Número de la norma aplicable al producto
El marcado CE y la información que lo acompaña tienen que estar colocados de manera legible, visible e indeleble en una de las siguientes localizaciones:
- Alguna parte adecuada del producto.
- En una etiqueta adjunta.
- En el envase.
- En la documentación comercial.
Si lo único que se pone en el producto es el marcado CE, y no el resto de información, esta debe ir contenida en un documento aparte, que acompañe a la ventana.
Responsabilidades Fabricante
El fabricante es el responsable absoluto del cumplimiento de la ventana con la reglamentación, es él quien debe asegurarse que su producto es apto para obtener el marcado CE. Es él quien declara una serie de prestaciones.
Debe ser él quien contacte con el laboratorio para la realización de los ensayos.
Es el responsable de implantar el marcado CE, de emitir la Declaración de Prestaciones, de entregar la Documentación Técnica y de implantar y mantener el Control de Producción en Fábrica.
Pero no requiere de ninguna autorización para colocar el sello, queda bajo su responsabilidad y después de todos los procesos implantarlo. No tiene que volver a contactar con el laboratorio u organismos notificados para nada.
A su vez, si el distribuidor o el receptor final de la ventana manipulan el producto queda en sus manos, no se le pueden achacar estos cambios el fabricante. Si el cumplió cuando entregó el producto.
Documentación Técnica
El fabricante tiene que elaborar una documentación técnica como base para la declaración de prestaciones. Documentación que no se entrega al cliente, si no que tiene que estar visible para la Administración u organismo competente.
Una documentación que tiene que conservar hasta 10 años después de lanzar su producto al mercado.
La norma no especifica que elementos componen esta documentación, aunque si que dice que debe intentar ser de la mayor ayuda posible. Se interpreta que elementos como imágenes, planos, detalles técnicos del producto, informes de los ensayos realizados, manual del control de producción en fábrica,….
Al fin y al cabo, se trata de que el fabricante posea toda la información, en cualquier formato, sobre su producto y/o cualquier información relativa al proceso de su marcado CE.
Servicios ofrecidos
Si lo que desea es implantar el marcado CE en una ventana para su comercialización puede contactar con nuestro departamento de ingeniería, le ofrecemos un servicio integral en la obtención de su certificado. También, para cualquiera de los procesos anteriormente mencionados; ensayos de tipo, redacción de declaración de prestaciones, documentación técnica o para implantar un control de producción en fábrica, puede contar nuestro asesoramiento y coordinación.