Clasificación por tipo de CONSTRUCCIÓN, por criterio de UTILIZACIÓN y por tipo CARROCERÍA
Clasificación por CONTRUCCIÓN española y clasificación por criterio de UTILIZACIÓN (ámbito nacional)
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, Reglamento General de Vehículos.
Cuando vemos la ficha técnica de un vehículo, observamos que el vehículo queda clasificado por un número de 4 dígitos.
- Los 2 primeros «00″ corresponden a su clasificación por CONSTRUCCIÓN
- Los 2 últimos dígitos «00″ corresponden a la clasificación por UTILIZACIÓN
Este conjunto de números nos aporta muchos datos sobre el vehículo: cada cuanto tiempo debemos pasar la inspección técnica o las modificaciones que un vehículo puede o no puede tener. También nos informa del límite de velocidad, el seguro y los impuestos que pagamos…
Clasificación por CONSTRUCCIÓN
ANEXO II, punto B (primer grupo de cifras)
01 Vehículo de tracción animal | Vehículo arrastrado por animales. |
02 Bicicleta | Es el ciclo de dos ruedas. |
03 Ciclomotor | Vehículo de dos o tres ruedas provisto de un motor de cilindrada no superior a 50 cm3, si es de combustión interna, y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h. Vehículo de cuatro ruedas cuya masa en vacío sea inferior a 350 kg, no incluida la masa de las baterías en el caso de los vehículos eléctricos, cuya velocidad máxima por construcción no sea superior a 45 km/h y con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 para los motores de combustión interna, o cuya potencia máxima neta sea inferior o igual a 4 kw para los demás tipos de motores. |
04 Motocicleta | Automóvil de dos ruedas o con sidecar |
05 Motocarro | Vehículo de tres ruedas dotado de caja o plataforma para el transporte de cosas. |
06 Automóvil de tres ruedas | Vehículo de tres ruedas y cuatriciclos. |
10 Turismo | Automóvil distinto de la motocicleta, especialmente concebido y construido para el transporte de personas y con capacidad hasta 9 plazas, incluido el conductor. |
11 Autobús o autocar MMA ≤3.500 kg. | Automóvil concebido y construido para el transporte de más de 9 personas incluido el conductor, cuya masa máxima autoriza no exceda de 3.500 kg. |
12 Autobús o autocar MMA > 3.500 kg. | Automóvil concebido y construido para el transporte de más de 9 personas incluido el conductor, cuya masa máxima autoriza excede de 3.500 kg. |
13 Autobús o autocar articulado | El compuesto por dos secciones rígidas unidas por otra articulada que las comunica. |
14 Autobús o autocar mixto | El concebido y construido para transportar personas y mercancías simultánea y separadamente. |
15 Trolebús | Automóvil destinado a transporte de personas con capacidad para 10, o más plazas, incluido el conductor, accionado por motor eléctrico con toma de corriente por trole, que circula por carriles. |
16 Autobús o autocar de dos pisos | Autobús o autocar en el que los espacios destinados a los pasajeros están dispuestos, al menos parcialmente, en dos niveles superpuestos, de los cuales el superior no dispone de plazas sin asiento. |
17 Pick-up | Vehículo cuya masa máxima no sea superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único y cuya altura no sea superior a 2 m. |
20 Camión MMA ≤3.500 kg. | El que posee una cabina con capacidad hasta 9 plazas, no integrada en resto de la carrocería, y cuya masa máxima autoriza no exceda de 3.500 kg. |
21 Camión 3.500 kg. <MMA ≤ 12.500 kg. | El que posee una cabina con capacidad hasta 9 plazas, no integrada en resto de la carrocería, y cuya masa máxima autorizada es superior a 3.500 kg, e igual o inferior a 12.000 kg. |
22 Camión MMA >12.000 kg. | El que posee una cabina con capacidad hasta 9 plazas, no integrada en resto de la carrocería, y cuya masa máxima autoriza sea superior a 12.000 kg. |
23 Tracto-camión | Automóvil para realizar principalmente el arrastre de un semirremolque. |
24 Furgón/furgoneta MMA ≤ 3.500 kg. | Automóvil destinado al transpone de mercancías cuya cabina está integrada en el resto de la carrocería con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg. |
25 Furgón 3.500 kg. <MMA ≤ 12.000 kg. | Camión en el que la cabina está integrada en el resto de la carrocería, con masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, e igual o inferior a 12.000 kg. |
26 Furgón MMA > 12.000 kg. | Camión en el que la cabina está integrada en el resto de la carrocería, y cuya masa máxima autorizada sea superior a 12.000 kg. |
30 Derivado de turismo | Vehículo automóvil destinado a servicios o a transporte exclusivo de mercancías, derivado de un turismo del cual conserva la carrocería y dispone únicamente de una fila de asientos. |
31 Vehículo mixto adaptable | Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos. |
32 Auto-caravana MMA ≤ 3.500 kg. | Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente. |
33 Auto-caravana MMA > 3.500 kg. | Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente. |
40 Remolque y semirremolque ligero MMA ≤ 750 kg. | Aquellos cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg. A efectos de esta clasificación se excluyen los agrícolas. |
41 Remolque y semirremolque 750 kg. < MMA ≤ 3.500 kg. | Aquellos cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, e igual o inferior a 3.500 kg. A efectos de esta clasificación se excluyen los agrícolas. |
42 Remolque y semirremolque 3.500 kg.< MMA ≤ 10.000 kg. | Aquellos cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg, e igual o inferior a 10.000 kg. A efectos de esta clasificación se excluyen los agrícolas. |
43 Remolque y semirremolque MMA >10.000 kg. | Aquellos cuya masa máxima autorizada exceda de 10.000 kg. A efectos de esta clasificación se excluyen los agrícolas. |
50 Tractor agrícola | Vehículo especial autopropulsado, de dos o más ejes, concebido y construido para arrastrar o empujar aperos, maquinaria o remolques agrícolas. |
51 Motocultor | Vehículo especial autopropulsado, de un eje, dirigible por manceras por un conductor que marche a pie. Ciertos motocultores pueden también ser dirigidos desde un asiento incorporado a un remolque o máquina agrícola o a un aparato o bastidor auxiliar con ruedas. |
52 Portador | Vehículo especial autopropulsado de dos o más ejes, concebido y construido para portar máquinas agrícolas. |
53 Tractocarro | Vehículo especial autopropulsado de dos o más ejes, especialmente concebido para el transporte en campo de productos agrícolas. |
54 Remolque agrícola | Vehículo especial de transporte construido y destinado para ser arrastrado por un tractor agrícola, motocultor, portador o máquina agrícola automotriz. Se incluyen en esta definición a los semirremolques agrícolas. |
55 Máquina agrícola automotriz | Vehículo especial autopropulsado, de dos o más ejes, concebido y construido para efectuar trabajos agrícolas. |
56 Máquina agrícola remolcada | Vehículo especial concebido y construido para efectuar trabajos agrícolas, y que, para trasladarse y maniobrar debe ser arrastrado o empujado por un tractor, motocultor, portador o máquina agrícola automotriz. Se excluyen de esta definición los aperos agrícolas, entendiéndose por tales los útiles o instrumentos agrícolas, sin motor, concebidos y construidos para efectuar trabajos de preparación de terreno o laboreo que, además, no se consideran vehículos a los efectos de este Reglamento, así como también el resto de maquinaria agrícola remolcada de menos de 750 kg de masa. |
60 Tractor de obras | Vehículo especial autopropulsado, de dos o más ejes concebido y construido para arrastrar o empujar útiles, máquinas o vehículos de obras. |
61 Máquina de obras automotriz | Vehículo especial autopropulsado, de dos o más ejes, concebido y construido para efectuar trabajos de obras. |
62 Máquina de obras remolcada | Vehículo especial concebido y construido para efectuar trabajos de obras, y que, para trasladarse y maniobrar, debe ser arrastrado o empujado por un tractor o máquina automotriz. |
63 Tractor de servicios | Vehículo especial autopropulsado, de dos o más ejes, concebido y construido para arrastrar o empujar vehículos de servicio, vagones u otros aparatos. |
64 Máquina de servicios auto-motriz | Vehículo especial autopropulsado de dos o más ejes, concebido y construido para efectuar servicios determinados. |
65 Máquina de servicios remolcada | Vehículo especial, concebido y construido para efectuar servicios determinados, y que, para trasladarse y maniobrar, debe ser arrastrado o empujado por un tractor o máquina automotriz. |
66 QUAD-ATV | Vehículo especial de cuatro o más ruedas fabricado para usos específicos muy concretos, con utilización fundamentalmente fuera de carretera, con sistema de dirección mediante manillar en el que el conductor va sentado a horcajadas y dotado de un sistema de tracción adecuado al uso fuera de carretera y cuya velocidad puede estar limitada en función de sus características técnicas o uso. Se exceptúan de esta definición los vehículos incluidos en las categorías definidas en las Directivas europeas 92/61/CEE del Consejo, de 30 de junio de 1992, relativa a la recepción de los vehículos a motor de dos o tres ruedas, y 2002/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de marzo de 2002, relativa a la homologación de los vehículos a motor de dos o tres ruedas. |
70 Militares. | |
80 Tren turístico | Vehículo especial constituido por un vehículo tractor y uno o varios remolques, concebido y construido para el transporte de personas con fines turísticos, con velocidad máxima limitada y sujeto a las limitaciones de circulación que imponga la autoridad competente en materia de tráfico. |
Clasificación por criterio de UTILIZACIÓN
ANEXO II, punto C (Segundo grupo de cifras)
00 Sin especificar | (Instrucción: se aplicará esta clave cuando el elemento a clasificar no esté encuadrado en ninguna de las clasificaciones siguientes). |
01 Personas de movilidad reducida | Vehículo construido o modificado para la conducción por una persona con algún defecto o incapacidad físicos. |
02 Familiar | Versión de un tipo de turismo en el que se ha aumentado el volumen destinado al equipaje con el fin de aumentar su capacidad o colocar una tercera fila de asientos. |
03 Escolar | Vehículo destinado exclusivamente para el transporte de escolares. |
04 Escolar no exclusivo | Vehículo para el transporte escolar, aunque no con exclusividad. |
05 Escuela de conductores | Automóvil destinado a las prácticas de conducción. |
06 Urbano | Vehículo concebido y equipado para transporte urbano y suburbano; los vehículos de esta clase tienen asientos y plazas destinadas para viajeros de a pie y están acondicionados para permitir los desplazamientos de los viajeros en razón de sus frecuentes paradas. |
07 Corto recorrido | Vehículo concebido y equipado para transporte interurbano; estos vehículos no disponen de plazas destinadas especialmente para viajeros de a pie, pero pueden transportar este tipo de viajeros en cortos recorridos en el pasillo de circulación. |
08 Largo recorrido | Vehículo concebido y equipado para viajes a gran distancia; estos vehículos están acondicionados en forma que se asegura la comodidad de los viajeros sentados, y no transportan viajeros de pie. |
09 Derivado de camión | Versión de un camión especialmente equipado para el transporte de personas hasta, un máximo de nueve, incluido el conductor. |
10 Plataforma | Vehículo destinado al transporte de mercancías sobre una superficie plana sin protecciones laterales. |
11 Caja abierta | Vehículo destinado al transporte de mercancías en un receptáculo abierto por la parte superior. Los laterales podrán ser abatibles o fijos. |
12 Porta-contenedores | Vehículo construido para el transporte de contenedores mediante dispositivos expresamente adecuados para la sujeción de éstos. |
13 Jaula | Vehículo especialmente adaptado para el transporte de animales vivos. |
14 Botellero | Vehículo especialmente adaptado para transporte de botellas o bombonas. |
15 Porta-vehículos | Vehículo especialmente adaptado para transporte de otro u otros vehículos. |
16 Silo | Vehículo concebido especialmente para el transporte de materias sólidas, pulverulentas o granulosas en depósito cerrado y con o sin medios auxiliares para su carga o descarga. |
17 Basculante | Vehículo provisto de mecanismo que permitan llevar y/o girar la caja para realizar la descarga lateral o trasera. |
18 Dumper | Camión basculante de construcción muy reforzada, de gran maniobrabilidad y apto para todo terreno. |
19 Batería de recipientes | Vehículo destinado al transporte de carga en un grupo de recipientes fijos con sistema de conexión entre ellos (ver ADR). |
20 Caja cerrada | Vehículo destinado al transporte de mercancías en un receptáculo totalmente cerrado. |
21 Capitoné | Vehículo destinado al transporte de mercancías en un receptáculo totalmente cerrado, acolchado o adaptado especialmente en su interior. |
22 Blindado | Vehículo destinado al transporte de personas y/o mercancías, de caja cerrada reforzada especialmente mediante un blindaje. |
23 Isotermo | Vehículo cuya caja está construida con paredes aislantes, con inclusión de puertas, piso y techo, las cuales permiten limitar los intercambios de calor entre el interior y el exterior de la caja. |
24 Refrigerante | Vehículo isotermo que, con ayuda de una fuente de frío, distinto de un equipo mecánico o de «absorción», permite bajar la temperatura en el interior de la caja y mantenerla. |
25 Frigorífico | Vehículo isotermo provisto de un dispositivo de producción de frío individual o colectivo para varios vehículos de transporte (grupo mecánico de compresión, máquina de absorción, etc.) que permite bajar la temperatura en el interior de la caja y mantenerla después de manera permanente en unos valores determinados. |
26 Calorífico | Vehiculo isotermo provisto de un dispositivo de producción de calor que permite elevar la temperatura en el interior de la caja y mantenerla después a un valor prácticamente constante. |
27 Cisterna | Vehículo destinado al transporte a granel de líquidos o de gases licuados. |
28 Cisterna isoterma | Cisterna construida con paredes aislantes que permiten limitar los intercambios de calor entre el interior y el exterior. |
29 Cisterna refrigerante | Cisterna isoterma que, con ayuda de una fuente de frío, distinto de un equipo mecánico o de «absorción», permite bajar la temperatura en el interior de la cisterna y mantenerla. |
30 Cisterna frigorífica | Cisterna isoterma provista de un dispositivo de producción de frío individual o colectivo para varios vehículos de transporte (grupo mecánico de compresión, máquina de absorción, etc.) que permite bajar la temperatura en el interior de la cisterna y mantenerla después de manera permanente en unos valores determinados. |
31 Cisterna calorífica | Cisterna isoterma provista de un dispositivo de producción de calor que permite elevar la temperatura en el interior de la cisterna y mantenerla después a un valor prácticamente constante |
32 Góndola | Vehículo cuya plataforma de carga tiene una altura muy reducida. |
33 Todo terreno | Automóvil dotado de tracción a dos o más ejes, especialmente dispuesto para circulación en terrenos difíciles, con transporte simultáneo de personas y mercancías, pudiéndose sustituir la carga, eventualmerte, parcial o totalmente, por personas, mediante la adición de asientos, especialmente diseñados para tal fin. |
40 Taxi | Turismo destinado al servicio público de viajeros y provisto de aparato taxímetro. |
41 Alquiler | Automóvil destinado al servicio público sin licencia municipal. |
42 Autoturismo | Turismo destinado al servicio público de viajeros con licencia municipal, excluido el taxi. |
43 Ambulancia | Automóvil acondicionado para el transporte idóneo de personas enfermas o accidentadas. |
44 Servicio médico | Vehículo acondicionado para funciones sanitarias (análisis, radioscopia, urgencias, etc.) |
45 Funerario | Vehículo especialmente acondicionado para el transporte de cadáveres. |
46 Bomberos | Vehículo destinado al Servicio de los Cuerpos de Bomberos. |
47 RTV | Vehículo especialmente acondicionado para emisoras de radio y/o televisión. |
48 Vivienda | Vehículo acondicionado para ser utilizado como vivienda. |
49 Taller o laboratorio | Vehículo acondicionado para el transporte de herramientas y piezas de recambio que permiten efectuar reparaciones. |
50 Biblioteca | Vehículo adaptado y acondicionado de forma permanente para la lectura y exposición de libros. |
51 Tienda | Vehículo especialmente adaptado y acondicionado de forma permanente para la venta de artículos. |
52 Exposición u oficinas | Vehículo especialmente adaptado y acondicionado de forma permanente para su uso como exposición u oficinas. |
53 Grúa de arrastre | Automóvil provisto de dispositivos que permiten, elevándolo parcialmente, el arrastre de otro vehículo. |
54 Grúa de elevación | Vehículo provisto de dispositivos que permiten elevar cargas, pero no transportarlas. (No incluye los vehículos con dispositivos de autocarga). |
55 Basurero | Vehículo especialmente construido para el transporte y tratamiento de desechos urbanos. |
56 Hormigonera | Vehículo especialmente construido para el transporte de los elementos constitutivos del hormigón, pudiendo efectuar su mezcla durante el transporte. |
58 Vehículo para ferias | Vehículos adaptados para la maquinaria de circo o ferias recreativas ambulantes |
59 Estación transformadora móvil | Vehículo dotado con los elementos necesarios para la producción de energía eléctrica. |
60 Extractor de fangos | Vehículo dotado de una bomba de absorción para la limpieza de pozos negros y alcantarillas. |
61 Autobomba | Vehículo equipado con una autobomba de presión para movimiento de materiales fluidificados. |
62 Grupo electrógeno | Vehículo dotado con los elementos necesarios para la producción de energía eléctrica. |
63 Compresor | Vehículo destinado a producir aire comprimido y transmitirlo a diversas herramientas o a locales con ambiente enrarecido. |
64 Carretilla transportadora elevadora | Vehículo provisto de pequeña grúa u horquilla-plataforma para transportar o elevar pequeñas cargas en recorridos generalmente cortos. |
65 Barredora | Vehículo para barrer carreteras y calles de poblaciones. |
66 Bomba de hormigonar | Vehículo autobomba especialmente diseñado para movimiento de hormigón fluido. |
67 Perforadora | Vehículo destinado a realizar perforaciones profundas en la tierra. |
68 Excavadora | Vehículo especialmente diseñado para la excavación o desmonte del terreno, mediante cuchara de ataque frontal, acoplada a superestructura giratoria en plano horizontal. |
69 Retro-excavadora | Vehículo especialmente diseñado para la excavación o desmonte del terreno, mediante cuchara de ataque hacia la máquina, acoplada a superestructura giratoria en plano horizontal. |
70 Cargadora | Vehículo especialmente diseñado para el desmonte del terreno y para la recogida de materiales sueltos, mediante cuchara de ataque frontal, acoplada a superestructura no giratoria en plano horizontal. |
71 Cargadora retro- excavadora | Vehículo provisto de cuchara cargadora en su parte delantera y de otra retroexcavadora en su parte posterior. |
72 Traílla | Vehículo que arranca, recoge, traslada y extiende tierras. Si es autopropulsado, es mototraílla. |
73 Niveladora | Vehículo que se utiliza para configurar toda clase de perfiles y extender el material arrancado o depositado. Si es autopropulsado, es motoniveladora. |
74 Compactador vibratorio | Vehículo especialmente diseñado para la compactación de suelos y materiales mediante su peso y vibración. |
75 Compactador estatico | Vehículo especialmente diseñado para la compactación de suelos y materiales exclusivamente mediante su peso. |
76 Riego asfáltico | Vehículo destinado a esparcir y extender sobre los diversos pavimentos betún asfáltico fluidificado. |
77 Pintabandas | Vehículo usado para realizar líneas de señalizaciones y prescripciones en el suelo. |
78 Quitanieves | Vehículo de motor destinado exclusivamente a retirar la nieve de las calzadas y caminos. |
Clasificación por tipo de CARROCERÍA (ámbito europeo)
El Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018, trata sobre la homologación y la vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques y de los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos, por el que se modifican los Reglamentos.
En el Anexo I, Parte C de este reglamento, nos habla sobre los tipos de carrocería.
La carrocería es la capa exterior de un vehículo. Esta permite dar forma y utilidad a un chasis o plataforma. La carrocería es la estructura básica que permite crear el habitáculo en el que se sitúan los pasajeros y/o la carga. Además, es la que permite dotar de una estética y funcionalidad concretas al mismo, pues en la actualidad muchos modelos diferentes parten del mismo chasis o plataforma.
El tipo de carrocería se indica mediante códigos. Esta clasificación se aplica principalmente a los vehículos completos y completados.
El código de los vehículos es de 2 letras.
En el caso de los vehículos especiales, el tipo de carrocería que debe utilizarse estará vinculado a la categoría del vehículo.
Vehículos pertenecientes a la categoría M1
Código | Nombre | Definición |
AA | Berlina | Vehículo definido en el apartado 3.1.1.1 de la norma internacional ISO 3833:1977, provisto de al menos cuatro ventanillas laterales. |
AB | Berlina con portón trasero | Berlina, tal como se define en el punto 2.1, con un portón en su parte trasera. |
AC | Familiar | Vehículo definido en el apartado 3.1.1.4 de la norma internacional ISO 3833:1977. |
AD | Cupé | Vehículo definido en el apartado 3.1.1.5 de la norma internacional ISO 3833:1977. |
AE | Descapotable | Vehículo definido en el apartado 3.1.1.6 de la norma internacional ISO 3833:1977. No obstante, un descapotable puede no tener puerta. |
AF | Multiuso | Vehículo distinto de los vehículos AA a AE y AG destinado al transporte de personas y su equipaje, u ocasionalmente mercan cías, en un compartimento único. |
AG | Camioneta familiar | Vehículo definido en el apartado 3.1.1.4.1 de la norma internacio nal ISO 3833:1977. No obstante, el compartimento para el equipaje deberá estar com pletamente separado del compartimento para personas. Además, el punto de referencia de la plaza de asiento del conduc tor no tiene que estar 750 mm por encima de la superficie en la que se apoya el vehículo. |
Vehículos pertenecientes a la categoría M2 o M3
Código | Nombre | Definición |
CA | Vehículo de un solo piso | Vehículo en el que los espacios previstos para las personas están dispuestos en un solo nivel o de manera que no formen dos nive les superpuestos. |
CB | Vehículo de dos pisos | Vehículo definido en el apartado 2.1.6 del Reglamento n.o 107 de NU. |
CC | Vehículo articulado de un solo piso | Vehículo definido en el apartado 2.1.3 del Reglamento n.o 107 de NU, de un solo piso. |
CD | Vehículo articulado de dos pisos | Vehículo definido en el apartado 2.1.3,1 del Reglamento n.o 107 de NU. |
CE | Vehículo de suelo bajo de un solo piso | Vehículo definido en el apartado 2.1.4 del Reglamento n.o 107 de NU, de un solo piso. |
CF | Vehículo de suelo bajo de dos pisos | Vehículo definido en el apartado 2.1.4 del Reglamento n.o 107 de NU, de dos pisos. |
CG | Vehículo articulado de suelo bajo de un solo piso | Vehículo que combina las características técnicas de los puntos 3.3 y 3.5 del presente cuadro. |
CH | Vehículo articulado de suelo bajo de dos pisos | Vehículo que combina las características técnicas de los puntos 3.4 y 3.6 del presente cuadro. |
CI | Vehículo de un solo piso de techo abierto | Vehículo con techo parcial o sin techo. |
Código | Nombre | Definición |
CJ | Vehículo de dos pisos de techo abierto | Vehículo sin techo en todo o parte de su piso superior. |
CX | Bastidor de autobús | Vehículo incompleto dotado únicamente de largueros del bastidor o montaje de tubos, grupo motopropulsor y ejes, que está desti nado a ser completado con carrocería y adaptado a las necesidades del transportista. |
Vehículos de motor de categoría N1, N2 o N3
Código | Nombre | Definición |
BA | Camión | Vehículo diseñado y fabricado exclusiva o principalmente para transportar mercancías. También puede llevar un remolque. |
BB | Furgoneta | Camión en el que el compartimento del conductor y la zona de carga se encuentran en una sola unidad. |
BC | Tractocamión | Vehículo tractor diseñado y fabricado exclusiva o principalmente para arrastrar semirremolques. |
BD | Vehículo tractor de carretera | Vehículo tractor diseñado y fabricado exclusiva o principalmente para arrastrar remolques distintos de los semirremolques. |
BE | Furgoneta de plataforma descubierta | Vehículo cuya masa máxima no es superior a 3 500 kg y en el que las plazas de asiento y la zona de carga no se encuentran en un solo compartimento. |
BX | Bastidor con cabina o bastidor con cubierta | Vehículo incompleto dotado únicamente de una cabina (completa o parcial), largueros del bastidor, grupo motopropulsor y ejes, que está destinado a ser completado con carrocería y adaptado a las necesidades del transportista. |
Vehículos de la categoría O
Código | Nombre | Definición |
DA | Semirremolque | Remolque diseñado y fabricado para acoplarse a un vehículo trac tor o a un remolque convertidor y aplicar una carga vertical consi derable al vehículo tractor o al remolque convertidor. El acoplamiento que se utilice en una combinación de vehículos constará de un pivote de enganche y de una quinta rueda. |
DB | Remolque con barra de tracción | Remolque de dos ejes, como mínimo, de los cuales al menos uno es direccional: a) provisto de un dispositivo de remolque que pueda desplazarse verticalmente (respecto al remolque), y b) que transmite menos de 100 daN como carga vertical estática al vehículo tractor. |
DC | Remolque de eje central | Remolque cuyo eje o ejes están situados cerca del centro de grave dad del vehículo (cuando la carga se halla repartida uniforme mente) de manera que solo se transmite al vehículo tractor una pe queña carga estática vertical, no superior al menor de los dos valores siguientes: el 10 % de la carga correspondiente a la masa máxima del remolque o una carga de 1 000 daN. |
DE | Remolque con barra de tracción rígida | Remolque con un eje o un grupo de ejes equipado con una barra de tracción que, debido a su construcción, transmite al vehículo tractor una carga estática máxima de 4 000 daN y que no corres ponde a la definición de remolque de eje central. El acoplamiento que se utilice en una combinación de vehículos no constará de un pivote de enganche y de una quinta rueda. |
Apéndice II
Dígitos utilizados para complementar los códigos con los que se designan los distintos tipos de carrocería
01 Plataforma |
02 De lateral abatible |
03 De caja cerrada |
04 Carrocería acondicionada con tabiques aislados y equipos para mantener la temperatura interior |
05 Carrocería acondicionada con Tabiques aislados, pero sin equipos para mantener la temperatura interior |
06 De lonas laterales |
07 De caja móvil (superestructura intercambiable) |
08 Portacontenedores |
09 Con grúa de elevación |
10 Volquete |
11 Cisterna |
12 Cisterna destinada al transporte de mercancías peligrosas |
13 Para transporte de ganado |
14 Portavehículos |
15 Hormigonera |
16 Con bomba de hormigonar |
17 Para transporte de madera |
18 Basurero |
19 Para barrer y limpiar las calles y desatascar las alcantarillas |
20 Compresor |
21 Para transporte de embarcaciones |
22 Para transporte de planeadores |
23 Para el comercio al por menor o como expositor |
24 De asistencia |
25 Con escalera |
26 Camión grúa (distinto de las grúas móviles tal como se definen en el punto 5.7 de la parte A) |
27 Con plataforma aérea |
28 Vehículo con perforadora |
29 Remolque de suelo bajo |
30 Vehículo para transporte de cristales |
31 De extinción de incendios |
99 Carrocería no incluida en la presente lista |
Desde Corsán Ingeniería de Gestión ponemos al servicio de nuestros clientes, nuestra experiencia, para poder gestionarles la documentación, y trámites pertinentes.
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