Borrador derivado del Reglamento (UE) 168/2013. Requisitos para vehículos de dos y tres ruedas y cuadriciclos. El reglamento (EU) nº 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo establece los requisitos generales de seguridad, medioambiente y fabricación para la homologación y vigilancia del mercado de los vehículos de dos y tres ruedas y cuadricilos, derogando para ello las Directivas Europeas actualmente vigentes. A su vez, relega la definición de los requisitos técnicos específicos y procedimientos de ensayos a través de Actos Reglamentarios Delegados. El pasado 7 de Octubre finalizó el periodo de observaciones sobre el borrador del segundo acto delegado, de un total de tres. En particular, este acto hace referencia a los requisitos específicos en la fabricación de los vehículos, adaptando los requisitos de las directivas al progreso técnico y adoptando Reglamentos CEPE/ONU (Acuerdo revisado de 1958)
El borrador y el desarrollo del acto reglamentario pueden consultarse en http://goo.gl/nnQOEz