La preocupación y concienciación sobre el cuidado del planeta ha ido creciendo en la población durante los últimos años.
La revolución verde, como no podía ser de otra manera, también afecta al sector del automóvil.
La comercialización de vehículos eléctricos en España es cada vez mayor y se espera que este tipo de vehículos sean el transporte del futuro. Pero uno de los puntos críticos a la hora de adquirir un coche eléctrico es la carga. Podemos distinguir los siguientes tipos de recarga:
– Recarga convencional ( 16 Amperios): Este tipo de carga utiliza la intensidad y voltaje iguales a los de la vivienda. Por lo tanto se puede instalar en el propio garaje comunitario de la vivienda. Se realiza la recarga durante la noche, periodo en el que la demanda energética es menor. La duración de la carga se estima en unas 8 horas.
– Recarga semi-rápida (32 Amperios): Este tipo de recarga utiliza el doble de intensidad y voltaje que la anterior. Por lo tanto, el tiempo de recarga del vehículo se reduce a la mitad, 4 horas. Este modo de recarga se utiliza fundamentalmente en supermercados, centros comerciales, parkings, oficinas.
– Recarga Rápida (Hasta 400 Amperios): La intensidad y voltaje de la corriente es mucho mayor que en las anteriores permitiendo reducir el tiempo de carga del vehículo hasta 30 minutos. Para este tipo de carga es necesario adecuar la red eléctrica existente en caso de no estar preparada para dichas características de la corriente. Este tipo de carga se podría encontrar en la vía pública, estaciones de servicio o incluso en centros comerciales.
Actualmente, España dispone aproximadamente unos 3644 puntos de recarga de vehículos eléctricos distribuidos entre estaciones de servicios, hoteles, restaurantes o supermercados.
La legislación que aplica al vehículo eléctrico es variada. Está sometida a continua evolución y pretende impulsar el uso del mismo.
Podemos destacar las siguientes leyes: Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre. Por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos», del Reglamento electrotécnico para baja tensión Real Decreto 647/2011. Gestor de carga. Regulación de la figura del gestor de carga dentro de la Ley 54/97 del Sector Eléctrico como consumidor capacitado para vender electricidad para la recarga de vehículos.
Real Decreto 216/2014. Tarifa PVPC Regulación de la tarifa regulada PVPC, donde se encuentra la de Coche Eléctrico.
Modificación de la Ley de propiedad Horizontal ( Ley 19/2009). Para evitar la necesidad de una votación a la hora de instalar un punto de recarga en un garaje comunitario por parte de un vecino. Ahora únicamente se requiere la comunicación por parte del interesado a su comunidad.
Desde CORSÁN Ingeniería de Gestión, S.L.U, como consultora experta en Marcado CE. Apoya a los fabricantes de vehículos a comercializar sus productos en el mercado europeo, en el proceso de creación e implantación de un Sistema de Conformidad de la Producción. Así como, al correcto etiquetado con Marcado CE de sus productos.
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