El 31 de mayo de 2018 se ha publicado el Reglamento número 0 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE): Disposiciones uniformes relativas a la homologación de tipo internacional de vehículo entero (IWVTA) [2018/780].
La entrada en vigor de este Reglamento será el 19 de julio de 2018. Este Reglamento se aplica a los vehículos de la categoría M1, en él se establecen requisitos para la homologación de tipo de un vehículo completo (IWVTA).
Los vehículos IWVTA tienen que compartir entre ellos la clase y el tipo. Una clase IWVTA consta de vehículos que comparten el nombre de la empresa del fabricante y el diseño del montaje de las piezas esenciales de la carrocería en el caso de una carrocería auto portante.
Un tipo IWVTA consta de vehículos que comparten la clase anterior y, además, el nivel de conformidad con respecto a los Reglamentos de las Naciones Unidas, como son los Reglamentos referentes a los dispositivos de iluminación y señalización o a los dispositivos de seguridad, por ejemplo.
PROCESO DE HOMOLOGACIÓN DE TIPO Para obtener esta homologación es necesario seguir un proceso en el que la autoridad de homologación:
– Comprobará que todos los certificados de homologación de tipo expedidos con arreglo a los Reglamentos de las Naciones Unidas que son aplicables a una IWVTA cubren el tipo IWVTA y corresponden a los requisitos establecidos.
– Se asegurará de que las especificaciones y los datos contenidos en la ficha de características están incluidos en los datos de los expedientes de homologación y en los certificados de homologación de tipo con respecto a los Reglamentos de las Naciones Unidas pertinentes.
– Cuando uno de los puntos de la ficha de características no esté incluido en el expediente de homologación de alguno de los Reglamentos de las Naciones Unidas, los datos sobre la pieza o característica pertinente se tratarán como información de referencia para identificar el vehículo de base.
– En una muestra seleccionada de vehículos del tipo que se quiere homologar, llevará a cabo o dispondrá que se lleven a cabo inspecciones para comprobar que el vehículo está fabricado de acuerdo con los datos pertinentes contenidos en el expediente de homologación con respecto a los certificados de homologación de tipo pertinente.
– Llevará a cabo o dispondrá que se lleven a cabo las comprobaciones pertinentes de la instalación con respecto a los sistemas, equipos y piezas cuando proceda.
CORSÁN Ingeniería de Gestión está a vuestra disposición para asesorar y apoyar a su empresa en el proceso de homologación de vehículos con arreglo al Reglamento anterior que se puede visitar en la siguiente página http://www.boe.es/doue/2018/135/L00001-00030.pdf
Pueden ponerse en contacto con nosotros mediante formulario web, en el correo comercial@corsan.info o teléfono +34 917 789 872.