El día 01/09/2019 se introduce un segundo acto de la prueba de homologación WLTP para hacerlo aún más realista. Esencialmente, el ciclo de prueba se está intensificando con nuevos requisitos técnicos.
Hasta ahora los vehículos equipados con un motor ligero, cumplen con el ciclo NDEC (nuevo ciclo homologado de conducción europeo) pero desde el 1 de septiembre de 2019 deberán cumplir en el protocolo WLTP (procedimiento mundial armonizado para ensayos de vehículos ligeros).
Son los fabricantes de primera fase los que se verán principalmente afectados por estos cambios. Uno de los cambios que se van a ver reflejados en la tarjeta técnica del vehículo, es la adición de nuevos caracteres para vehículos con emisiones EURO6.
Como información que es de competencia a los fabricantes de segunda fase, informar que los fabricantes de primera fase, deberán entregar a los fabricantes de segunda fase una herramienta (software) a través de la cual se pueda obtener un valor discreto de g/km que emite el vehículo completado así como el consumo de combustible y poder realizar una interpolación para demostrar que el vehículo se encuentra dentro del intervalo definido en homologación. Este valor de emisiones será el que se deberá consignar en el campo V.7. de la tarjeta técnica del vehículo completado.
La normativa afectada y que será de carácter obligatoria es la enumerada a continuación:
– Reglamento (UE) 2018/1832 de la Comisión a fin de mejorar los ensayos y los procedimientos de homologación de tipo en lo concerniente a las emisiones aplicables a turismos y vehículos comerciales ligeros, en particular los que se refieren a la conformidad en circulación y a las emisiones en condiciones reales de conducción, y por el que se introducen dispositivos para la monitorización del consumo de combustible y energía eléctrica. https://www.boe.es/doue/2018/301/L00001-00314.pdf
– Reglamento (UE) 2017/1347 de la Comisión, sobre la homologación de tipo de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y sobre el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos. https://www.boe.es/doue/2017/192/L00001-00022.pdf
– Reglamento (UE) 2016/1718 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 582/2011, con respecto a las emisiones de los vehículos pesados, en lo concerniente a las disposiciones sobre ensayos por medio de sistemas portátiles de medición de emisiones (PEMS) y el procedimiento de ensayo de la durabilidad de los dispositivos anticontaminantes de recambio. https://www.boe.es/doue/2016/259/L00001-00041.pdf
– Reglamento (UE) 2017/2400 por el que se desarrolla el Reglamento (CE) n.° 595/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la determinación de las emisiones de CO2 y el consumo de combustible de los vehículos pesados, y por el que se modifican la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (UE) n.° 582/2011 de la Comisión. https://www.boe.es/doue/2017/349/L00001-00247.pdf
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