El veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho se han publicado las Enmiendas del Reglamento 100 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE/ONU) — Disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en relación con los requisitos específicos del grupo motopropulsor eléctrico [2018/1858].
Las modificaciones que se han producido son en referencia a los apartados del 5.1 al punto 5.1.1.3 en referencia a la protección contra el contacto directo. La nueva modificación establece que está permitido separar los conectores (incluida la toma del vehículo) sin el uso de herramientas, siempre que estos cumplan uno o varios de los requisitos siguientes:
a) cumplen los apartados 5.1.1.1 y 5.1.1.2 cuando se separan, o bien
b) están situados bajo el suelo y cuentan con un dispositivo de cierre, o bien
c) cuentan con un dispositivo de cierre; otros componentes, que no formen parte del conector, han de poder quitarse solo mediante herramientas para poder separar el conector, o bien d) la tensión de las partes activas es inferior o igual a 60 V c.c. o inferior o igual a 30 V c.a. (rms) en un plazo de un segundo a partir de la separación del conector.
CORSÁN Ingeniería de Gestión, S.L.U. está a su disposición para cualquier consulta como empresa especializada en la homologación de vehículos.
El Reglamento 100 se puede encontrar en el siguiente link: https://www.boe.es/doue/2015/087/L00001-00064.pdf y, las enmiendas que se tratan en la noticia, se pueden encontrar en este link: https://www.boe.es/doue/2018/302/L00114-00114.pdf
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