El pasado 28-02-2018 se publico Reglamento Delegado (UE) 2018/295 que modifica el Reglamento Delegado (UE) nº 44/2014 en lo que respecta a los requisitos de fabricación de los vehículos y los requisitos generales y el Reglamento Delegado (UE) nº 134/2014 en lo relativo a los requisitos de eficacia medioambiental y rendimiento de la unidad de propulsión para la homologación de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos.
Entre los numerosos cambios podemos destacar que:
• El Reglamento Delegado (UE) n.o 44/2014 queda modificado en
– En el artículo 2, el punto 42 se sustituye por el texto siguiente: «42) “ciclo de conducción”: ciclo de ensayo que consiste en la puesta de la llave en la posición de arranque del motor, el modo de conducción en el que, de existir el funcionamiento incorrecto, este sería detectado y la puesta de la llave en la posición de parada del motor;».
– Modificaciones de los anexo IV y XII.
• El reglamento Delegado (UE) n.o 134/2014 sin embargo sufre cambios en:
– Modificaciones de los anexos II a VI, VIII y X.
Todos estos cambios se pueden consultar en el siguiente documento: http://www.boe.es/doue/2018/056/L00001-00030.pdf