El veinte de noviembre de dos mil dieciocho se ha publicado la Orden ICT/1212/2018, de 12 de noviembre, por la que se actualizan los anexos II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII del Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas propulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.
Desde Corsán Ingeniería de Gestión, S.L.U. se han detectado algunos cambios importantes en lo referente a la cumplimentación de las dichas reducidas de vehículos N y a los campos de tarjetas ITV tipo D, que se detallan a continuación:
Ficha reducida de vehículos N:
– Ya no se hace distinción entre vehículos incompletos / completados / completos.
– En el caso de vehículos completados, se cumplimentarán todos los epígrafes, incluidos los correspondientes al vehículo de la fase anterior mencionando la correspondencia entre ambas fases.
Si no se completan los datos técnicos del vehículo de base, se acompañará con la Ficha Reducida del vehículo de base. Campos TITV
Tarjeta D:
– Marca (campo D.1): Se indicará la marca del fabricante del vehículo. En caso de vehículos completados, se anotará la marca del vehículo de base/marca del vehículo completado. En la actualización anterior ponía únicamente: Se indicará la marca del fabricante del vehículo de base y/o completado.
– TVV NKS (campo D.2): En caso de vehículos completados; se anotará en el campo «Observaciones’ el TVV del vehículo de base y del vehículo completado en el caso de que sean distintos: T/V/V Vehículo de Base – T/V/V Vehículo Completado
– Masa máxima en carga técnicamente admisible en 5ª rueda o pivote de acoplamiento (campo F.1.5): La frase que incluye esta nueva actualización es “En caso de disponer de punto de acoplamiento, se indicará a continuación del valor anterior separado por una “/” y con la anotación (2) que se desarrollará en el campo observaciones “(2) Valor en punto de acoplamiento”
– Masa en Orden de Marcha (campo G): Se produce un cambio de definición “la masa del vehículo con su depósito o depósitos de combustible llenos, como mínimo, al 90 % de su capacidad, incluida la masa del conductor (vehículos a motor), del combustible y de los líquidos, con el equipamiento estándar conforme a las especificaciones del fabricante y, si están instalados, la masa de la carrocería, de la cabina, del acoplamiento y de la rueda o ruedas de repuesto, así como de las herramientas”. En la actualización anterior era al 100%.
– Nº de ejes y ruedas (campo L): Se considera una rueda gemela como una única rueda.
– Emisiones de CO2 (campo V.7): Se indicará el valor de homologación, en las unidades pertinentes, según la reglamentación aplicable. En el caso de vehículos multi fuel se consignará el dato de menor valor homologado. En vehículos completados, se consignará el dato del vehículo de base.
En la actualización anterior este punto sólo se refería a las categorías M1 y N1.
CORSÁN Ingeniería de Gestión, S.L.U. está a su disposición para cualquier consulta como empresa especializada en la homologación de vehículos.
La Orden anterior se puede encontrar en el siguiente link: https://www.boe.es/boe/dias/2018/11/20/pdfs/BOE-A-2018-15796.pdf donde se podrán consultar los demás cambios relevantes. Pueden ponerse en contacto con nosotros mediante formulario web, en el correo comercial@corsan.info o teléfono +34 917 789 872.