El Reglamento (UE) nº 510/2011 en el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de los vehículos comerciales ligeros nuevos como parte del enfoque integrado de la Unión para reducir las emisiones de CO2 de los vehículos ligeros sufre una modificación vinculada el 25/08/2017.
Esto tiene lugar por la existencia de un nuevo procedimiento de ensayo reglamentario para la medición de las emisiones de CO2 y del consumo de combustible de los vehículos ligeros, el procedimiento de ensayo de vehículos ligeros armonizado a nivel mundial (WLTP), establecido en el Reglamento (UE) 2017/1151 de la Comisión, sustituirá al Nuevo Ciclo de Conducción Europeo (NEDC), que se utiliza actualmente de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 692/2008 de la Comisión, con efecto a partir del 1 de septiembre de 2017.
Se espera que el WLTP proporcione unos valores de emisiones de CO2 y de consumo de combustible que sean más representativos de las condiciones reales de conducción. La metodología de correlación debe utilizarse durante la fase de introducción progresiva del WLTP hasta el final de 2020, a fin de garantizar que pueda verificarse el cumplimiento por los fabricantes de los objetivos de emisiones de CO2 sobre la base de los valores de emisiones NEDC durante ese período.
Por tanto, los objetivos de emisiones específicas de CO2 basados en el WLTP deben aplicarse a partir del año natural 2021. Con el fin de establecer el objetivo de emisiones específicas de un fabricante en 2021, deben utilizarse como valor de referencia las emisiones medias de CO2 de los vehículos comerciales ligeros nuevos matriculados en 2020 sobre la base del WLTP.
El objetivo de emisiones específicas debe determinarse mediante el aumento o la disminución de dicho valor de referencia de forma proporcional al comportamiento del fabricante en lo que respecta al cumplimiento de su objetivo basado en el NEDC, en 2020. Se Procede, por lo tanto, modificar los anexos I y II del Reglamento (UE) n.o 510/2011 en consecuencia.
Para más información puede consultar el siguiente enlace: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=DOUE-L-2017-81690