El 15 de febrero de 2019 se ha publicado el suplemento 7 de la enmienda 07 del Reglamento 83 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE): Disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos por lo que respecta a la emisión de contaminantes según las necesidades del motor en materia de combustible [2019/253].
Este Reglamento es de aplicación a los vehículos de las categorías M1, M2, N1 y N2 cuya masa de referencia no exceda de 2 610 kg, siendo la masa de referencia la tara del vehículo más 100 kg. Actualmente se están analizando los cambios producidos en esta nueva actualización.
Cualquier cambio que implique una modificación de las exigencias actuales de homologación y/o conformidad de producción será notificado.
Con respecto al control de emisiones contaminantes, es necesario tener en cuenta que desde el año 2015 se introdujeron numerosos cambios exigentes en torno al falseado de emisiones en la homologación:
– La Comisión está facultada para revisar el trabajo que realizan las autoridades nacionales de homologación de tipo, someter los propios vehículos a ensayo, retirar o suspender homologaciones de tipo e imponer sanciones.
– Es obligatorio en los Estados miembros de la UE la inspección de los vehículos en circulación, que puede ser también llevada a cabo por terceros interesados.
– Se han introducido nuevos ensayos para corregir la gran diferencia entre los niveles de emisiones de CO2 (dióxido de carbono) obtenidos en las pruebas realizadas en el laboratorio y en la carretera, y para medir las emisiones de NOx (óxido de nitrógeno).
CORSÁN Ingeniería de Gestión, S.L.U. está a su disposición para cualquier consulta como empresa especializada en la homologación de vehículos.
Pueden consultar el Reglamento 83 en su última actualización en el siguiente link: https://www.boe.es/doue/2019/045/L00001-00243.pdf
Pueden ponerse en contacto con nosotros mediante formulario web, en el correo comercial@corsan.info o teléfono +34 917 789 872.